LINKEDIN: “Guernica y el “permiso”​ para acceder al hábitat justo.”

Por Ana Ramírez Rojas

Consultora de planificación para la integración socio urbana de barrios populares

“No sabría qué hacer si me llegan a sacar de acá, terminaré en la vereda con la misma carpa y mis hijos. Esperemos que el gobierno pueda reanalizar nuestra situación”. Con esa frase, Ana Rolón – vecina circunstancial de la toma de Guernica – contaba su realidad en una entrevista para Radio Con Vos a principios de Septiembre de este año, realidad de muchas familias que a lo largo de décadas la falta de oportunidades y la necesidad práctica de reivindicar sus derechos las llevó a situaciones similares a las que vemos contadas hoy.

Las tomas de tierras no son un fenómeno reciente, ni de esta pandemia. Sin ir más lejos, algunos/as especialistas sostienen que aún en este contexto – y con políticas como el RENABAP ya fijas – las estadísticas respecto de las tomas siguen siendo inexactas. Ocurren en el sub-mundo del mercado informal de tierras, del oportunismo de otros/as a costa de la desesperación de otros/as. Surgen no sólo del atropello de especuladores sobre la propiedad privada de algunos/as, sino también del aprovechamiento de una autopercepción durmiente de muchos/as ciudadanos/as respecto de su derecho a una vivienda digna y un hábitat justo. “No quiero que me regalen. Si me das un plan de pago yo pago mi pedazo de tierra” sintetizaba un vecino de una de las tomas más grandes de nuestro país.

Hace unas semanas, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires inició acciones paralelas de asistencia alimentaria (adicionalmente también se asistió con ropa, kits de higiene y de limpieza) y de relevamiento de las familias y habitantes de la toma. De acuerdo a los datos comunicados el 25 del mes pasado, se tratan de 1.904 grupos familiares dentro de los que se encuentran 2.797 niños/as y 1.859 desocupados/as ¿Razones de por qué tomaron tierras? De las 1.810 personas que contestaron, 1.544 respondieron por desocupación, empobrecimiento e imposibilidad de pagar alquiler; mientras que 183 argumentaron conflictos familiares, entre otras razones. Desde ya, la información (y el acceso a ella) son la oportunidad base para la generación inter-actoral de políticas públicas que traten no sólo las causas de éstos problemas sino también el futuro de políticas vinculadas al hábitat. Pero ¿Estamos frente a una situación en la que se aprovechará esta oportunidad en pos de este conflicto?

En conjunto con estos lineamientos y acciones iniciales, el Estado provincial – mediante el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad – tomó la decisión de proponer un acta compromiso a las familias censadas que acepten retirarse voluntariamente de la toma.

Segunda. En atención a la situación socioeconómica del grupo familiar , “El Ministerio” se compromete a proponer a “Los Destinatarios” una respuesta tendiente a facilitar una solución habitacional adecuada a sus necesidades, en el marco de los proyectos que se impulsarán a tales efectos, dentro de los Programas del “El Ministerio”, y de sus posibilidades presupuestarias.

Nuevamente, vemos que el acceso justo al hábitat y a la vivienda digna no depende que éste se encuentre amparado en leyes provinciales como la 14.449 o nacionales como la 27.453, la Constitución Nacional y tratados internacionales, sino del presupuesto y éste – a su vez – de la voluntad política del momento. Uno/a podría discutir esta concepción viendo el artículo 13 y 14 de la ley de Régimen de Regularización Dominial Para la Integración Socio Urbana en cuanto a la constitución de un fideicomiso con el fin de financiar la regularización dominial de los barrios populares identificados en el RENABAP, herramienta que busca ser lo más heterogénea y diversificada posible para asegurar avances concretos en la seguridad legal de miles de familias. Pero incluso en estos vestigios de esperanza operativa, caemos en la letra chica como la del último párrafo del artículo mencionado.

“El Poder Ejecutivo nacional fijará las reglas que regirán el fideicomiso que resulte creado en el marco del artículo precedente y que será auditado por la Auditoría General de la Nación.”

El acta compromiso sigue.

Cuarta. “Los Destinatarios”, bajo pena de revocación del presente , se comprometerán a:

a) Desocupar la zona del predio descripto anteriormente, dejándola libre de cualquier construcción y/o material de su procedencia, en el plazo de …. días.

b) La solución habitacional que se le asigne, será otorgada para uso principal de vivienda única y familiar.

c) No vender, ceder o transferir, a título oneroso o gratuito, ni realizar ningún acto jurídico de disposición de los derechos emergentes de la presente.

Quinta. Cualquier incumplimiento por parte de “Los Destinatarios” a los compromisos asumidos en la cláusula precedente, dejará sin efecto la asignación establecida en la cláusula primera. “El Ministerio” se reserva el derecho de revocar este acuerdo en caso de incumplimiento de “Los Destinatarios” a los requisitos anteriormente mencionados, aún después de haberse otorgado, sin perjuicio de las acciones judiciales que correspondan.

Aquí también, una vez más, se hace presente el condicionamiento; muchas veces protagonista ante un Estado inseguro frente a la situación e inclinación de sus ciudadanos. “El día de mañana cuando entre la luz, el gas, o sea todo; la gente va a pagar y eso es también es impuesto que uno paga para el Estado. Yo creo que de acá ponele si hay 10 gentes 8 quieren hacer las cosas bien”. “No es como cuentan en otros lados que somos chorros, delincuentes que queremos vender los terrenos. Quizás, en las 100 hectáreas puede ser que haya algún que otro vivo”. Claramente, estos testimonios no son suficientes. Y más allá de cuáles sean sus razones, es paradójico, que sea el Estado el que se encuentre limitando el acceso a un derecho básico y el que suponga que aquellas familias que no puedan cumplir con las condiciones se provean de esa “solución habitacional” por sus propios medios; algo que fue imposible en su momento y que decanta en el conflicto actual.

¿Esto implica que un derecho vulnerado pueda avanzar sobre otro para su resolución? El Ministro Larroque daba una respuesta contundente para A24no. Pero esto no deslinda de responsabilidad al Estado provincial y de la necesidad de un plazo claro y una propuesta acorde de solución habitacional concreta para las 500 familias que firmaron el acta como a las 1.400 restantes. La presencia semi-permanente del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad y sus funcionarios en la zona; junto con la firma del convenio para el Fortalecimiento de Políticas Sociales para el Municipio de Presidente Perón de hace unos días son buenos indicios pero estamos ante una oportunidad más grande: la de plasmar una voluntad política clara respecto a una temática transversal en la vida de todo/a ciudadano/a y que ésta venga acompañada de estrategias operativas a mediano y largo plazo, algunas que – incluso – ya han sido acercadas al gobierno provincial. De lo contrario, estaremos ante el peligro de que este tiempo haya sido una pose más.

El Ministro Larroque, en la misma entrevista de A24, menciona “Nosotros tenemos que hacer que la resolución de esas problemáticas sea complementaria. Por eso creo que el gobernador planteó un Plan Integral de Hábitat entendiendo que hay una deuda profunda del Estado general y el Estado provincial en la materia”. Este Plan de Hábitat es el conocido como Plan Bonaerense de Suelo, Vivienda y Hábitat cuyos objetivos al 2023 son los siguientes: 33.600 nuevas viviendas a construir, 9.738 obras de viviendas que se reactivan, 85.353 lotes con servicios, 507 proyectos de urbanización en barrios populares, 18.426 obras de mejoras habitacionales y de hábitat, 6.213 viviendas + 5.846 lotes de PROCREAR; todo esto implicando una inversión de ARS$190.186.000,00.

Si tomamos los datos del RENABAP, en la Provincia de Buenos Aires hay 1.726 barrios populares y un estimado de 478.065 familias que viven en ellos. Si tomásemos que el objetivo planteado de manera explícita para los barrios populares se trata de 1 proyecto de urbanización por barrio; el 29% de los barrios populares debería contar con un proyecto “propio” para el 2023 ¿Qué hay de la seguridad dominial respecto de la tierra y de cuántos de los 5 objetivos restantes aplicarán a los/as vecinos/as de estos barrios? No lo sabemos. Hoy por hoy existen 1,07 familias por vivienda en los barrios populares de la provincia de Buenos Aires, y si tomásemos una teoría no tan lejana de que el déficit habitacional llega al 100% de esas familias serían necesarias aproximadamente 446.790 viviendas nuevas u obras de mejoras habitacionales, de lo cual el 14% estaría cubierto por lo que podría indicar este plan. Pero, de nuevo, no lo sabemos. Aunque hay algo que sí: una vivienda no es tal sin el desarrollo participativo de quiénes habitarán el espacio, al igual que un proyecto de urbanización tiene sentido si contemplamos la mirada integral de sus pobladores, sus desafíos y oportunidades. Demandemos políticas reales; y – como ciudadanos/as – auditemos verdaderamente el acceso a la tierra, techo y trabajo.

Para ver la nota original, posteada 16/10/2020, click aquí.